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Los requisitos de la Seguridad Social impiden que los clientes de N26 y otros ‘neobancos’ puedan cobrar la prestación de desempleo

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En los últimos dos años, ha aumentado el número de españoles, sobre todo entre el público más joven, que no elige los bancos más tradicionales para guardar su dinero y tramitar sus pagos.

Son lo llamados ‘neobancos’: nuevas entidades financieras que trabajan íntegramente a través de canales digitales; si bien la AEFI (Asociación Española de Fintech e Insurtech) reserva dicha denominación a aquellos servicios de banco móvil que trabajan cooperando con bancos tradicionales (como BNEXT o SIMPLE), prefiriendo denominar ‘challenger banks’ a aquellos que poseen su propia licencia bancaria (N26, Monzo, Revolut, Atom Bank…).

N26, el ‘challenger bank’ líder en España (donde cuenta actualmente con 400.000 clientes, casi una décima parte de su total global), era noticia hace dos días por haber conseguido ampliar su ronda de financiación de la serie D de 523 millones de euros, unos fondos que, según aseguraba Francisco Sierra, director general de N26 para España, pretendía que le ayudasen a conseguir su objetivo de sumar un millón de clientes en nuestro país en 2021.

La noticia sin embargo ahora, es mucho menos positiva para N26: todos aquellos clientes españoles de la entidad que estaban esperando ingresar el dinero de los miles de ERTEs aprobados a raíz de la actual crisis del coronavirus se están encontrando, de pronto, con que no pueden cobrar la prestación en sus cuentas.

Esto, según está respondiendo la cuenta de atención al cliente de la entidad a todos los tuiteros que se interesan por la situación, se debe a que:

Por ahora el SEPE no puede realizar pagos en nuestras cuentas. Todavía estamos pendientes de que nos considere entidad colaboradora de la Seguridad Social y no depende de nosotros una solución en el corto plazo“.

Requisitos que la Seguridad Social exige en este caso, y que incluyen:

  • El uso de IBAN español: N26 ofrece cuentas con IBAN español desde hace un año (antes sólo las ofrecía con IBAN alemán), y muchos de sus clientes llegaron a raíz de ese cambio, así que este requisito sí se cumple. Sin embargo, con esto la Seguridad Social española estaría vulnerando la legislación europea que desde 2016 (Artículo 9 del Reglamento No. 260/2012) prohíbe discriminar el IBAN de otros estados miembros del Espacio Económico Europeo.
  • Utilizar determinados intermediarios: “Otro de los requisitos es colaborar con organizaciones privadas y utilizar herramientas (software) privadas, que funcionan como intermediario. Esto, desde nuestro punto de vista, no fomenta ni la innovación ni la competencia dentro del sector”.

Pero el problema no se limitaría a N26: si consultamos el listado oficial de “entidades financieras colaboradoras con el sistema de la Seguridad Social”, que el Ministerio del ramo tiene publicado online (PDF) nos encontramos con que ninguno de los “challenger banks” antes citados aparece en dicho listado, ya sea porque están sufriendo los mismos contratiempos que N26, o porque no han iniciado siquiera el correspondiente proceso.

¿De quién es la culpa?

El gran perdedor es el cliente de las nuevas soluciones financieras. Por un lado, la publicidad de N26 y el resto de entidades similares hace especial enfasis en que las cuentas que abrimos con ellas, nos ofrecen las mismas ventajas que la de cualquier otro banco, y quizá muchos de sus clientes no las hubieran abierto de haber conocido previamente que este problema podía darse.

Los clientes además critican a la entidad que no estén informando de este problema más sobre todo porque sonlos propios clientes, los que esta requierinedo a estas entidades, sobre los pagos no realizados.

Por otro lado, la Administración también tiene su parte de culpa: y es que, para dificultar aún más la situación, a raíz de la avalancha de ERTEs de los últimos dos meses, la Tesorería General de la Seguridad Social decidió desactivar la comprobación de las cuentas proporcionadas por los trabajadores para cobrar la prestación, lo cual impide rechazar automáticamente las cuentas de entidades no compatibles.

En resumen,”La tormenta perfecta

Fuente GENBETA


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